El primer vicepresidente y ministro de Hacienda, Helio Fallas agradeció a los diputados la aprobación de la Ley de Eficiencia de la Administración de los Recursos Públicos, expediente No.19.555, e hizo énfasis en la necesidad de aprobar los proyectos de ley que se encuentran actualmente en la Asamblea Legislativa.
“Este proyecto viene a complementar los esfuerzos que está realizando la Administración Solís Rivera para contener el gasto y mejorar la ejecución de los recursos públicos. Aunque las cuentas de Caja Única son un pasivo sin costo para el Ministerio de Hacienda, la acumulación de saldos es resultado de la no ejecución de recursos financieros asignados a las instituciones adscritas a ministerios de Gobierno Central de años anteriores reflejan ineficiencia en la ejecución e implica mayores niveles de endeudamiento cuando dichos fondos se ejecuten”, indicó el Jerarca.
Las instituciones gestionan sus recursos en cuentas de Caja Única, que administra la Tesorería Nacional, y efectúan sus pagos en forma electrónica directamente a funcionarios y proveedores, según lo soliciten. En los últimos tres años estos saldos se han incrementado en un 6% aproximadamente.
Con esta nueva Ley, las instituciones tendrán un plazo de dos años y las Juntas de Educación cuatro años, para utilizar los saldos contables que tengan disponibles en la Caja Única. En caso de no ser utilizados, el Ministerio de Hacienda evitará endeudarse para conseguir esos recursos, y por consecuencia, reducirá la deuda pública.
Con la aprobación de este proyecto, las entidades tendrán que tomar las medidas necesarias para garantizar el uso eficiente de los recursos públicos recibidos, conforme al Plan Nacional de Desarrollo establecido por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. Además de presupuestar, programar y ejecutar el uso del superávit libre que mantengan en Caja Única del Estado y transformarlo en obra pública.
Esta Ley se aplicará a las instituciones de la administración central, conformada por el Poder Ejecutivo central y sus dependencias, así como al Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones, sus dependencias y órganos auxiliares y los otros entes públicos o privados, que reciban transferencias de forma directa o indirecta del Presupuesto Nacional.
Comunicado de prensa
CP 46 / 16 de junio de 2016