
La Dirección General de Tributación pondrá a disposición de la ciudadanía, a partir del 2 de diciembre, un nuevo sistema de pago del impuesto de salida del país por vía terrestre, el cual debe pagarlo toda persona física que salga del territorio nacional por un puesto fronterizo terrestre y que comprende el pago de cinco dólares estadounidenses (US $5,00).
Con el fin de que la recaudación de este impuesto se realice de la forma más eficiente, el Ministerio de Hacienda firmó un convenio con el Banco Crédito Agrícola, que será la entidad responsable de cobrar el impuesto.
El tributo deberán pagarlo los interesados antes de salir del país, para ello podrán acudir a cualquiera de las agencias o sucursales del ente recaudador autorizado, así como a las corresponsalías (empresas de transporte, excursiones, agencias de viajes, y las sucursales de Coopealianza). Además, de acuerdo con el compromiso adquirido por el Banco Crédito Agrícola, dentro de dos semanas se instalarán en los puestos fronterizos de Paso Canoas, Río Sereno-Sabalito, Sixaola y Peñas Blancas, dispositivos electrónicos para el pago por medio de tarjetas de crédito o débito, los cuales funcionan de manera similar a un cajero automático.
De este impuesto se encuentran exentos los conductores de vehículos automotores de transporte de carga y de transporte remunerado de personas en autobuses. Para demostrar su condición de exentos, los conductores de estos vehículos deberán contar en su pasaporte con el sello que otorga la Dirección General de Migración y Extranjería, mediante el cual se les acredita el “Permiso Múltiple para Transportista”. También están exentas las personas contempladas en el artículo 7 de la Ley N°8316, como diplomáticos y repatriados, quienes deberán demostrar la condición de exento con los mismos documentos que las autoridades de Migración requieren para los Derechos de Salida del Territorio Nacional por vía aérea.
El impuesto puede pagarse tanto en colones, al tipo de cambio de venta establecido por el Banco Central de Costa Rica, vigente en el momento de pagar el tributo, o en dólares estadounidenses. Su recaudación se destina a la mejora de los puestos fronterizos.
Al referirse a esta obligación que regirá desde este 2 de diciembre, el director general de Tributación, Carlos Vargas, aseguró que no se autorizará la salida del país a quien no compruebe fehacientemente el pago del impuesto o su condición de exento. Para ello la Dirección General de Migración y Extranjería, previamente a la autorización de salida del territorio nacional vía terrestre, deberá comprobar mediante la verificación en el sistema informático que suministrará la entidad recaudadora del tributo, que la persona haya cumplido con esta obligación.
Asimismo, las autoridades migratorias encargadas de autorizar la salida del país deberán efectuar o asegurarse de que se realice la desactivación del comprobante de pago en el sistema de la entidad recaudadora, para evitar su doble uso.
Además de la información correspondiente al impuesto y a la entidad recaudadora, el comprobante de pago deberá contener la siguiente información:
Nombre de la persona física que sale del país, aún cuando sea menor de edad. Número de pasaporte o documento de viaje, Monto en dólares de la tarifa (US $5,00) Fecha en la que se realizó el pago.
CENTROS DE PAGO EN PUESTOS FRONTERIZOS
Puesto fronterizo | Medio de Pago | Ubicación |
Peñas Blancas | Dispositivo electrónico (únicamente con tarjeta de débito o crédito) | Oficina de Migración (zona trámite de salidas del país) |
Peñas Blancas | Coopealianza | La Cruz, 20 kilómetros del puesto fronterizo |
Río Sereno-Sabalito | Dispositivo electrónico (únicamente con tarjeta de débito o crédito) | Oficina de Migración, Servicio Fitosanitario Río Sereno |
Río Sereno-Sabalito | Coopealianza | Sabalito Centro |
Paso Canoas | Dispositivo electrónico (únicamente con tarjeta de débito o crédito) | Oficina de la Dirección de Aduanas, puesto fronterizo |
Paso Canoas | Oficina Bancrédito | Frente a la oficina de Migración, puesto fronterizo |
Paso Canoas | Coopealianza | Ciudad Neilly |
Comunicado de prensa
CP 72 / 26 de noviembre de 2013